Arraigo Sociolaboral
Si ya vives en España y una empresa quiere contratarte, el arraigo sociolaboral puede darte los papeles. Te acompañamos desde el primer paso.
En qué consiste
El arraigo sociolaboral es una forma de conseguir los papeles (autorización de residencia y trabajo) si ya vives en España en situación irregular y una empresa quiere contratarte. Se basa en tu permanencia en España y en un contrato de trabajo que el empleador se compromete a firmar contigo cuando te concedan la autorización.
¿Es tu caso?
- Llevas tiempo en España sin papeles y un empleador te ha ofrecido un contrato.
- Trabajas en la hostelería, el campo, la construcción o los cuidados y tu jefe quiere regularizarte.
- No sabes si la oferta que tienes sirve o qué documentos tiene que aportar la empresa.
- Te han denegado el arraigo porque faltaba algo en el contrato o en los papeles del empleador.
Cómo te ayudamos
Revisamos tu permanencia en España y la oferta antes de presentar nada, porque muchas denegaciones vienen de un contrato mal planteado. Coordinamos con la empresa la documentación que le toca aportar, presentamos la solicitud y seguimos el expediente hasta la resolución. Cuando llega, te explicamos los pasos siguientes: el alta en la Seguridad Social y la toma de huellas para tu tarjeta (TIE). Te atendemos en español, árabe, tamazight, francés e inglés, en nuestras oficinas de Tenerife, Gran Canaria, Málaga y Barcelona o en línea, estés donde estés en España.
Si todavía no tienes oferta de trabajo, quizá encaje mejor el arraigo socioformativo o el arraigo social.
Preguntas frecuentes
- ¿En qué se diferencia el arraigo sociolaboral de un permiso de trabajo pedido desde mi país?
- El arraigo sociolaboral es para quien ya vive en España. Si estás fuera, la vía habitual es una autorización inicial de residencia y trabajo que solicita la empresa mientras tú esperas en tu país.
- ¿Qué hago si la empresa se echa atrás antes de la resolución?
- Avísanos cuanto antes. Según el momento del trámite, se puede valorar otra oferta o una vía distinta, como otro tipo de arraigo. Lo importante es no dejar el expediente sin respuesta.
- ¿Puedo empezar a trabajar en cuanto presento la solicitud?
- En general, no. Tienes que esperar a que te concedan la autorización y a que la empresa te dé de alta en la Seguridad Social. Te explicamos qué hacer en cada momento para no poner en riesgo tus papeles.
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