Renovaciones
Tu tarjeta caduca y no sabes por dónde empezar. Comprobamos qué te toca renovar, preparamos la solicitud y la presentamos a tiempo para que no pierdas tu residencia.
¿Es tu caso?
- Tu tarjeta de residencia (TIE) caduca en los próximos dos meses o ya ha caducado.
- Tienes un permiso de residencia y trabajo, por cuenta ajena o por cuenta propia, y te toca renovarlo.
- Tu permiso de arraigo o de la regularización extraordinaria está a punto de cumplir el año.
- Te has quedado sin trabajo o has cotizado poco y no sabes si podrás renovar.
- Has presentado la renovación y no tienes respuesta, o te la han denegado.
En qué consiste
El NIE es tu número de identificación de extranjero y no caduca nunca. Lo que caduca es tu autorización de residencia y la tarjeta física que la acredita, la TIE. Por eso, lo que todo el mundo llama «renovar el NIE» es, en realidad, renovar tu autorización de residencia y, después, sacar la tarjeta nueva.
Desde el 20 de mayo de 2025 se aplica el nuevo Reglamento de Extranjería, que cambió las reglas: las autorizaciones iniciales de residencia y trabajo duran 1 año y, cuando se renuevan, se conceden por 4 años.
Requisitos
Dependen del permiso que tengas. Los casos más habituales son estos:
Residencia y trabajo por cuenta ajena. Tienes que demostrar que has trabajado: en general, al menos 3 meses de alta en la Seguridad Social por cada año. También puedes renovar si sigues con el mismo contrato o tienes uno nuevo, si perdiste el empleo por causas ajenas a ti y estás inscrito como demandante de empleo, si cobras una prestación por desempleo o una ayuda de inserción, o si tu cónyuge o pareja tiene medios suficientes.
Residencia y trabajo por cuenta propia. Tienes que seguir con tu actividad y estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, o estar cobrando una prestación por cese de actividad.
Arraigo y regularización extraordinaria. Cuando se cumple el año, hay dos caminos:
- Si has trabajado, normalmente al menos 3 meses, se pide la modificación a un permiso de residencia y trabajo. En la regularización, ese nuevo permiso es de 4 años.
- Si no has trabajado, se puede pedir una prórroga de 1 año estando inscrito como demandante de empleo. Por eso conviene inscribirse desde el principio.
- El arraigo socioformativo solo se puede prorrogar una vez.
En todos los casos:
- Pasaporte en vigor.
- No tener antecedentes penales que impidan la renovación.
- No haber pasado más de 6 meses seguidos fuera de España en un año, salvo excepciones justificadas.
- Pagar las tasas.
Documentación
Varía según tu permiso. Lo habitual es:
- Formulario oficial de solicitud.
- Pasaporte en vigor.
- Tu tarjeta de residencia (TIE) actual.
- Justificante de la tasa de renovación (modelo 790, código 052) y, si trabajas por cuenta ajena, la que paga la empresa (código 062).
- Según tu caso: contrato de trabajo, vida laboral, nóminas, alta de autónomo, inscripción como demandante de empleo o justificante de la prestación.
- Si tienes hijos en edad escolar, pueden pedirte que acredites que están escolarizados.
- Una vez concedida: la tasa de la tarjeta (modelo 790, código 012) y la cita para las huellas.
Proceso y plazos
- Revisamos tu caso con tiempo. Vemos qué permiso tienes, qué te toca (renovación, prórroga o modificación) y si cumples los requisitos.
- Preparamos la documentación y las tasas contigo.
- Presentamos la solicitud por vía telemática, sin que tengas que buscar cita, dentro del plazo: desde 60 días antes de que caduque la tarjeta hasta 90 días después.
- Tu autorización queda prorrogada mientras se resuelve, así que puedes seguir trabajando con el justificante.
- Resolución. La Administración tiene 3 meses. Si no contesta, la renovación se entiende concedida y te ayudamos a pedir el certificado.
- Huellas y tarjeta nueva. Con la resolución favorable, pides cita para las huellas en el plazo de un mes y después recoges tu nueva TIE.
Preguntas frecuentes
- ¿El NIE caduca?
- No. El NIE es tu número de identificación y no cambia nunca. Lo que caduca es tu autorización de residencia y la tarjeta física, la TIE. Cuando se dice «renovar el NIE», en realidad se renueva la residencia y después la tarjeta.
- ¿Cuándo tengo que pedir la renovación?
- Puedes presentarla en los 60 días anteriores a que caduque tu tarjeta o en los 90 días siguientes. Mejor no esperar: si la presentas después de caducar, te pueden poner una multa. Y si ya han pasado los 90 días, consúltanos, porque en algunos casos se puede pedir la recuperación de la residencia.
- ¿Puedo seguir trabajando mientras se tramita?
- Sí. Si presentas la renovación en plazo, tu autorización queda prorrogada hasta que se resuelva. Con el justificante de la solicitud puedes seguir viviendo y trabajando legalmente.
- ¿Cuánto tarda y qué pasa si no me contestan?
- La Administración tiene 3 meses para resolver. Si no contesta en ese plazo, la renovación se entiende concedida por silencio positivo. Entonces hay que pedir el certificado que lo acredita y, con él, solicitar la tarjeta en el plazo de un mes.
- ¿Puedo viajar fuera de España con la tarjeta caducada?
- Solo con una autorización de regreso, que se pide mientras se tramita la renovación. Sin ella puedes tener problemas para volver a entrar en España.
- ¿Puedo renovar si me he quedado sin trabajo?
- En muchos casos, sí: por ejemplo, si perdiste el empleo por causas ajenas a ti y estás inscrito como demandante de empleo, si cobras el paro o si tu pareja tiene medios suficientes. Cada caso es distinto, así que lo revisamos contigo.
- ¿Y si tengo antecedentes penales?
- Pueden ser motivo de denegación, pero no siempre. Depende del delito, de si la pena ya está cumplida y de tus vínculos familiares y laborales en España. Antes de presentar, conviene revisar si se pueden cancelar.
- ¿Qué pasa si ya llevo 5 años de residencia?
- Puedes pedir la residencia de larga duración en lugar de renovar. Te permite vivir y trabajar en España sin volver a demostrar los requisitos cada vez, y solo hay que renovar la tarjeta cada 5 años.
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