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SabahAbogados

Incapacitaciones

Apoyar a un familiar no significa decidir por él. Te ayudamos a encontrar el apoyo adecuado, respetando su voluntad y sus preferencias.

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En qué consiste

Las medidas de apoyo a personas con discapacidad (provisión de apoyos) ayudan a una persona a tomar sus propias decisiones y a ejercer sus derechos: gestionar su dinero, firmar documentos o cuidar de su salud. Lo que antes se conocía como incapacitación ha dado paso a un modelo que respeta su voluntad y sus preferencias. Los apoyos pueden ser voluntarios, previstos por la propia persona ante notario, o judiciales, como la curatela.

¿Es tu caso?

  • Tu madre empieza a tener dificultades para manejar sus cuentas o sus papeles.
  • Un familiar con discapacidad intelectual se hace mayor de edad y queréis organizar sus apoyos.
  • Quieres dejar previsto ante notario quién te apoyará si algún día lo necesitas.
  • Ya existe una medida de apoyo y hay que revisarla, cambiarla o rendir cuentas al juzgado.

Cómo te ayudamos

Escuchamos a la persona y a su entorno con calma y respeto. Te explicamos qué apoyo encaja mejor, empezando por las opciones menos invasivas, como los poderes preventivos o la guarda de hecho. Si hace falta una medida judicial, preparamos la solicitud, reunimos los informes y acompañamos a la familia durante el procedimiento. Te atendemos en español, árabe, tamazight, francés e inglés, en nuestras oficinas de Tenerife, Gran Canaria, Málaga y Barcelona o en línea, estés donde estés en España.

Para dejarlo todo previsto, te ayudamos también con tu testamento y con la gestión de herencias.

Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencian las medidas de apoyo de la antigua incapacitación?
Antes se declaraba a la persona incapaz y otra decidía por ella. Hoy la idea es la contraria: la persona sigue decidiendo y recibe la ayuda que necesita, solo en los ámbitos en que la necesita y respetando su voluntad.
¿Hace falta ir a juicio para ayudar a mi familiar con sus trámites?
No siempre. En muchos casos basta con un poder notarial otorgado a tiempo o con el apoyo que ya presta la familia (guarda de hecho). La vía judicial se reserva para cuando esas opciones no son suficientes.
Mi padre vive en España pero tiene bienes en su país, ¿sirven allí las medidas de apoyo?
Depende del país y del tipo de medida. A veces hay que reconocer o adaptar la resolución en el otro país. Lo revisamos contigo para que el apoyo funcione allí donde tu familiar lo necesite.

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Hablemos

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Una primera conversación, confidencial y sin compromiso, para entender si podemos ayudarle y cómo.

Atendemos en español, árabe, tamazight (bereber), francés e inglés.