Incapacitaciones
Apoyar a un familiar no significa decidir por él. Te ayudamos a encontrar el apoyo adecuado, respetando su voluntad y sus preferencias.
En qué consiste
Las medidas de apoyo a personas con discapacidad (provisión de apoyos) ayudan a una persona a tomar sus propias decisiones y a ejercer sus derechos: gestionar su dinero, firmar documentos o cuidar de su salud. Lo que antes se conocía como incapacitación ha dado paso a un modelo que respeta su voluntad y sus preferencias. Los apoyos pueden ser voluntarios, previstos por la propia persona ante notario, o judiciales, como la curatela.
¿Es tu caso?
- Tu madre empieza a tener dificultades para manejar sus cuentas o sus papeles.
- Un familiar con discapacidad intelectual se hace mayor de edad y queréis organizar sus apoyos.
- Quieres dejar previsto ante notario quién te apoyará si algún día lo necesitas.
- Ya existe una medida de apoyo y hay que revisarla, cambiarla o rendir cuentas al juzgado.
Cómo te ayudamos
Escuchamos a la persona y a su entorno con calma y respeto. Te explicamos qué apoyo encaja mejor, empezando por las opciones menos invasivas, como los poderes preventivos o la guarda de hecho. Si hace falta una medida judicial, preparamos la solicitud, reunimos los informes y acompañamos a la familia durante el procedimiento. Te atendemos en español, árabe, tamazight, francés e inglés, en nuestras oficinas de Tenerife, Gran Canaria, Málaga y Barcelona o en línea, estés donde estés en España.
Para dejarlo todo previsto, te ayudamos también con tu testamento y con la gestión de herencias.
Preguntas frecuentes
- ¿En qué se diferencian las medidas de apoyo de la antigua incapacitación?
- Antes se declaraba a la persona incapaz y otra decidía por ella. Hoy la idea es la contraria: la persona sigue decidiendo y recibe la ayuda que necesita, solo en los ámbitos en que la necesita y respetando su voluntad.
- ¿Hace falta ir a juicio para ayudar a mi familiar con sus trámites?
- No siempre. En muchos casos basta con un poder notarial otorgado a tiempo o con el apoyo que ya presta la familia (guarda de hecho). La vía judicial se reserva para cuando esas opciones no son suficientes.
- Mi padre vive en España pero tiene bienes en su país, ¿sirven allí las medidas de apoyo?
- Depende del país y del tipo de medida. A veces hay que reconocer o adaptar la resolución en el otro país. Lo revisamos contigo para que el apoyo funcione allí donde tu familiar lo necesite.
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